Opinión

Más derechos a escena: indígenas, jóvenes y movilidad

viernes, 4 de diciembre de 2020 · 09:07

Twitter: @CLopezKramsky

Desde la irrupción de los derechos humanos en el escenario jurídico global, los sistemas normativos no han dejado de transformarse y, hay que decirlo, cada vez lo hacen a pasos más grandes y con metas más ambiciosas. Para muchos de los que estudiamos la licenciatura en Derecho bajo el régimen legal anterior, ha sido complicado, por decirlo amablemente, adaptarnos a esta nueva realidad jurídica, pero no existe otra opción; adaptarse o morir.

Sin duda, muchos integrantes de la abogacía antigua hemos podido dar el salto, no sin contratiempos, hacia el nuevo foro, aprendiendo y comprendiendo las nuevas realidades, las nuevas exigencias éticas y los nuevos parámetros de regularidad. Una vez que se da este difícil paso, las cosas se ven con otros ojos y da mucho gusto atestiguar que cada vez hay más esfuerzos que intentan construir un ordenamiento jurídico mucho más garantista, que reconozca más derechos para más población y en mayor profundidad.

En esta ocasión quiero resaltar dos iniciativas que me parecen muy acertadas, por el tiempo en el que se presentan y por la urgente necesidad que hay en esos segmentos poblacionales: una de ellas versa sobre el derecho a la consulta libre previa e informada de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y la otra trata sobre los derechos de las personas jóvenes.

La consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas

En el Senado de la República, la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz presentó, el 03 de diciembre, una iniciativa por la que se expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que garantizaría, en el ámbito federal, este derecho que está reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, comúnmente conocido como Convenio 169 de la OIT. Este Convenio es vigente y su cumplimiento es obligatorio en México desde el año 1991, pero, a pesar de ello, aún no existe una ley federal que garantice los derechos que en él se consagran, entre ellos, el derecho a la consulta.

No contar con una ley federal en la materia obliga a que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas tengan que promover cientos de juicios de amparo para defender su derecho a participar en la toma de decisiones respecto de acciones gubernamentales que les afectan directamente, y eso es claramente insostenible en un régimen que respeta los derechos humanos.

Tan es una urgencia legislar al respecto que, el 9 de junio de 2020, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió el Amparo en Revisión 1144/2019, en el que determinó que el Congreso de la Unión ha cometido una omisión al no haber expedido la ley que reglamente el derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Lo ideal en esta materia sería una gran reforma constitucional que mejore lo que se logró con la reforma constitucional del 14 de agosto de 2001, pero eso se antoja difícil en estos tiempos y, por ello, esta ley federal puede ser un parteaguas en cuestión de derechos de los pueblos y comunidades indígenas, que hay que apoyar.

Derechos de las personas jóvenes en Querétaro

Ni bien se ha emitido la declaratoria de constitucionalidad de la reforma a los artículos 4 y 73 de la Constitución General, en materia de derechos de las personas jóvenes, pero en Querétaro, la diputada Martha Daniela Salgado Márquez, ya presentó una iniciativa para armonizar la Constitución del Estado con estas disposiciones, que recién fueron aprobadas por el Poder Revisor de la Constitución.

Con esta armonización constitucional, Querétaro se pondría a la vanguardia en el proceso de reconocimiento y fortalecimiento de los derechos de las personas jóvenes, que cabe decir, son más de 30.6 millones en el país, lo que constituye una tercera parte de la población. Las personas jóvenes son las que más aportan fuerza laboral a la economía nacional, pero son, a su vez, las que peores sueldos y menos derechos laborales tienen.

Esta reforma es un acto de justicia que pretende cambiar la ecuación en el sistema jurídico y su profundidad aún no está plenamente diagnosticada. Una vez que entre en vigor, todo el sistema de leyes y las políticas públicas tendrán que adecuarse para garantizar que las personas jóvenes puedan ejercer sus derechos y eso, siempre será una buena noticia.

Movilidad

Finalmente, en materia de movilidad en condiciones de seguridad vial, el Senado de la República emitió la Declaratoria de Constitucionalidad de la reforma a los artículos 4, 73, 115 y 122, de la Constitución, lo que constituye, también, un cambio muy profundo que impactará el sistema de derechos fundamentales, desde la raíz. Ahora tendrá que implementarse en una ley general que sea aplicable y que asegure que los derechos de todos los usuarios de las vías estén protegidos, en especial, peatones y ciclistas.

Las opiniones vertidas en la sección de Opinión son responsabilidad de quien las emite y no necesariamente reflejan el punto de vista de Gluc.

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